Concejo de Tuluá autoriza exenciones tributarias a establecimientos nocturnos

El Concejo de Tuluá aprobó el proyecto de acuerdo mediante el cual se otorgan exenciones y alivios tributarios temporales a establecimientos de comercio identificados con código CIIU 5611, 5612, 5613, 5619, 5621, 5629, 5630 (Expendio por autoservicio de comidas preparadas- Expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro del establecimiento) con el impuesto de industria y comercio,  avisos y tableros afectados por la pandemia.

Eliana Andrea Bedoya Bueno, secretaria de Hacienda, mencionó que por la problemática vivida desde el año 2020, a raíz de la pandemia del COVID-19, esta situación generó el cierre de establecimientos de comercio a nivel municipal, entre las que se encuentran establecimientos con actividades de bares y restaurantes durante la vigencia 2020, por causa del confinamiento decretado por el Gobierno Nacional, este hecho que generó la disminución en sus ingresos como el despido de empleados.

“Siguiendo las directrices del alcalde John Jairo Gómez Aguirre, queremos darles exención a los comerciantes no cobrando intereses a aquellos establecimientos como restaurantes, gastrobares y discotecas que son los que están enmarcados en estas actividades económicas, a este gremio queremos decirles, que si no han podido presentar su Impuesto de Industria y comercio al ser aprobado este Proyecto de Acuerdo por el honorable Concejo Municipal no pagarán intereses hasta diciembre del 2021”

Es importante que los comerciantes tengan en cuenta los requisitos que deben tener para acceder a este beneficio en caso tal de ser aprobado por el Concejo Municipal.

  • Certificación de Contador Público y/o Revisor Fiscal titulado en el que se demuestre la reducción de los ingresos de la empresa, con las respectivas acreditaciones del profesional firmante.
  • Registro Mercantil y/o Certificado de Existencia y Representación Legal en donde se demuestre la actividad comercial de la empresa y el Código CIIU respectivo, el cual debe estar vigente.
  • Solicitud escrita dirigida a la Secretaría de Hacienda Municipal.
  • Presentación del Formulario de Declaración, Liquidación Privada y Pago del Impuesto de Industria y Comercio y Avisos y Tableros.

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