Toda forma de castigo físico o psicológico contra los niños puede llegar a ser motivo para perder la patria potestad

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La Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, pidió declarar inconstitucional las expresiones contenidas en la Ley 2089 de 2021, conocida como ‘Ley antichancleta’, que señalan que los castigos físicos contra los niños, niñas y adolescentes no serán causal de pérdida de la patria potestad cuando estos no sean habituales o afecten la salud física o mental del menor de edad. 

En concepto enviado a la Corte Constitucional, la jefa del Ministerio Público señaló que limitar la posibilidad de que la pérdida de la patria potestad se presente solo cuando el maltrato sea habitual o grave al punto de afectar la salud, desconoce los mandatos constitucionales que le imponen al Congreso de la República el deber de sancionar todo tipo de violencia física y psicológica en el entorno familiar hacia los niños. 

Para la Procuradora General, esa salvedad “le impide al operador jurídico encargado de decidir sobre la patria potestad, la custodia o la emancipación, determinar si la imposición de un castigo físico o la comisión de un trato cruel o humillante es una razón suficiente para limitar o restringir ciertos vínculos familiares, exigiendo irrazonablemente que la conducta sea reiterativa o que tenga el potencial de afectar la salud de la víctima”. 

Puntualizó que para la Procuraduría es preocupante que se introduzcan al ordenamiento jurídico expresiones normativas que retrocedan en la protección de los niños, niñas y adolescentes, y se adopte una regulación sin tener en cuenta los compromisos internacionales del Estado colombiano, que propenden por eliminar cualquier tipo de violencia infantil, incluida toda clase de castigo físico y trato cruel o humillante. 

Finalmente, recordó que en el pasado ya la Corte Constitucional había declarado inconstitucionales expresiones similares.