El Consejo de Estado declaró ajustada a derecho la resolución por medio de la cual el Consejo Nacional Electoral (CNE) estableció la pérdida de la personería jurídica del movimiento político Apertura Liberal hace 11 años.
Este movimiento, que contaba con personería jurídica desde 1997, la perdió el 16 de agosto del 2010. La decisión obedeció a que en las elecciones parlamentarias de ese año, pese a haber logrado elegir a dos parlamentarios, no alcanzó el umbral del 2 %, previsto ese año como votación mínima que para que movimientos y partidos políticos conservaran su personalidad jurídica.
Para la parte actora, a Apertura Liberal no se le podía retirar la personería, que es la consecuencia para partidos y movimientos políticos que no obtengan el umbral, en tanto considera que se trataba de una minoría, a la cual no le es exigible obtener este número mínimo de votos para poder seguir operando en la escena política (de conformidad con los artículos 108 de la Constitución Política y 4º de la Ley 649 de 2001).
A manera de ejemplo, citó el caso del Partido Verde que, según dijo, participó como minoría en las elecciones al Congreso en el 2006, pero que luego superó el umbral mínimo de votos y obtuvo su personería jurídica en el 2010, cuando alcanzó cinco curules en el poder legislativo.
Sostuvo que, tal y como lo indican las normas aplicables, al movimiento se le retiró su personería luego de que hubiera presentado candidaturas en al menos el 30% de las circunscripciones territoriales y haber resultado derrotada. “(…) Bajo las reglas vigentes para la época en la cual se enmarcan los hechos de la demanda, el movimiento político Apertura Liberal no cumplió las condiciones señaladas en aquella ley para entender que tenía derecho a la curul como minoría política”, dice el fallo. De ahí que ese argumento no pueda ser esgrimido para desvirtuar la presunción de legalidad del acto que le negó tal personería.
Además, señaló que tampoco constituye vicio alguno el haberle dado efectos retroactivos a la decisión de la organización electoral, al punto de señalar que la personería jurídica del movimiento dejaría de tener vigencia desde el 20 de julio del 2010, porque esa tesis se acoge a la jurisprudencia vigente. Frente al caso de Opción Centro, que cumplió las reglas sobre las minorías políticas, al haber obtenido una curul en la Cámara en el 2006 y la obtención de la personería jurídica en 2010 por parte del Partido Verde por haber alcanzado el umbral, sostuvo que no es asimilable a la situación del demandante.