Personería de Tuluá formula pliego de cargos contra exsecretario de Gobierno por presunta omisión en contratación de Hogares de Paso

José Martín Hincapié

La Personería Municipal de Tuluá, a través de su Oficina de Control Disciplinario, formuló pliego de cargos contra José Martín Hincapié Álvarez, quien se desempeñaba como Secretario de Gobierno, Convivencia y Seguridad del municipio en la época de los hechos. La decisión, contenida en el Auto No. 282 del 8 de octubre de 2025, se da dentro del proceso con radicación 100-300-2025-005.

La tasa de Seguridad: clave para fortalecer la operatividad de los ‘Corredores Seguros’ en el Valle del Cauca. Y es que con los recursos de la Tasa el Gobierno Departamental ha reforzado las capacidades de la Fuerza Pública para que puedan cuidar a viajeros y vallecaucanos en las principales vías del Valle.

El pliego de cargos se sustenta en la presunta omisión de Hincapié Álvarez en adelantar las contrataciones necesarias para el funcionamiento de los Hogares de Paso en Tuluá, durante el año 2024 y parte de 2025. Estos Hogares son fundamentales para el restablecimiento de los derechos de niños, niñas y adolescentes (NNA) que requieren de esta medida de protección.

Según el despacho de instrucción, el exsecretario habría desatendido lo establecido en el artículo 58 de la Ley 1098 de 2006, conocida como Código de la Infancia y la Adolescencia. Esta norma establece, en su contexto, la obligación del Estado, la sociedad y la familia de garantizar la protección integral de los NNA, y dentro de las medidas de restablecimiento de derechos se encuentran los Hogares de Paso, cuya función es brindar una ubicación inicial y provisional para niños, niñas o adolescentes con derechos amenazados y/o vulnerados, mientras la autoridad administrativa determina la medida más idónea.

La Personería también señala un presunto desconocimiento del numeral 1 del Artículo 38 de la Ley 1952 de 2019 (Código General Disciplinario), que consagra entre los deberes de todo servidor público «cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los decretos, las ordenanzas, los acuerdos distritales y municipales y las decisiones judiciales».

La falta disciplinaria fue calificada provisionalmente por el despacho de instrucción como GRAVE A TÍTULO DE CULPA GRAVÍSIMA. Esta calificación implica un reproche mayor al actuar del servidor público, al considerar la inobservancia del cuidado necesario y las consecuencias que la omisión pudo haber generado en la población más vulnerable del municipio. José Martín Hincapié Álvarez, quien también ha ejercido como Alcalde encargado en ciertas ocasiones, deberá responder a estas acusaciones en el marco del proceso disciplinario.